La Defensoría del Pueblo coadyuva tutela para la defensa de los derechos fundamentales de 220 campesinos de Cachenche que la Sociedad de Activos Especiales—SAE pretende desalojarlos. Dos de los derechos fundamentales comprometidos son el debido proceso y el mínimo vital que se verían comprometidos si se ejecuta esa orden de desalojo señalados en el oficio No CS 2021-002390.
Tal desalojo estaba previsto para el pasado 16 de febrero. Pero una medida provisional del Juez Promiscuo del municipio de Turbana detuvo esa decisión firmada por el director regional de la SAE, Juan Pablo Valbuena Anaya. El juez también ofició a diferentes entidades con el fin de establecer el papel de cada una de ellas. Pero, sobre todo, debe sopesar el respecto de los derechos fundamentales que alegan los representados de las familias involucradas en esta situación.
La Defensoría del Pueblo coadyuva tutela
https://www.facebook.com/voxpopuli.digital/videos/1044170109424500/
La Defensoría del Pueblo coadyuva tutela a favor de los más débiles. Observa evidencias de una posible violación de los derechos fundamentales invocados por los afectados. Al respecto el Defensor del Pueblo de Bolívar señaló:
«Conforme se evidencia en el escrito de tutela y sus anexos, la SOCIEDAD DE ACTIVOS ESPECIALES –SAE-, profirió orden de desalojo en el término de tres días (…). No se agotó el debido proceso conforme lo ordena el artículo 29 de la Constitución Política. Y los principios propios de las actuaciones administrativas conforme lo establece la Ley 1437 de 2.011».
Tal coadyuvancia fue firmada por José Hilario Bossio, Defensor del Pueblo de Bolívar. En su escrito hace la siguiente petición:
«Primero: Que se ordene tutela los derechos constitucionales fundamentales de los accionantes a la igualdad, debido proceso y defensa de la dignidad humana y la vida digna de Malena Simancas Heredia y Leonardo Fabio Melendres. (Estos derechos) vienen siendo desconocidos por la Sociedad de Activos Especiales—SAE con ocasión a la orden de desalojo.
En ese sentido, el Defensor del Pueblo le pide al Juez Promiscuo de Turbana que defienda los derechos fundamentales citados, especialmente al debido proceso:
«Segundo: Como consecuencia de lo anterior, se ordene a la entidad accionada, esto es la Sociedad de Activos Especiales—SAE, retrotraer toda la actuación administrativa por ellos adelantada (…) con el objeto de que se proteja los derechos constitucionales fundamentales al debido proceso».
La Defensoría del Pueblo coadyuva tutela para defender los derechos de 220 familias. Si la desalojan quedarían completamente vulnerables. Se les afectaría su mínimo vital y se las condenaría a la pobreza absoluta.
Violación grave de los derechos humanos
La Sentencia T-547/19 de la Corte Constitucional sostiene que los desalojos forzosos —donde haya personas que están dentro de la población vulnerable— como el adulto mayor, se constituyen en sí mismo una violación grave de los derechos humanos.
«Los desalojos forzosos son una violación grave de los derechos humanos. Pues afectan desproporcionadamente a quienes ya se encuentran en desventaja y marginados. Incluidas personas en situación de pobreza, ancianos, entre otras minorías».
El Relator Especial para el derecho a la vivienda adecuada, respecto a los desalojos forzosos que se planean para ejecutar proyectos de desarrollo, deberían incluir oportunidades. También deben hacer esfuerzos para facilitar apoyo legal a las personas afectadas.
¿Curiosidades o irregularidades?
¿Cuántas hectáreas realmente tiene el predio de Cachenche con matriculo No 060—76813? Es una de las curiosidades que la SAE no ha esclarecido. Está hablando de 167 hectáreas en los diferentes avisos de arriendo que publicó. Probablemente solo tiene 80 hectáreas.
Al principio arrendaba la finca por $44 millones. Pero hace un mes la bajó a $12 millones mensuales sin ninguna explicación. ¿Curiosidad o irregularidad? Pero si se observa la tradición, se encontrará que en un momento determinado un comprador abrió dos matriculas del mismo predio. ¿Se puede hacer? Un abogado experto en estos temas, señaló que allí se puede presentar una irregularidad.
En ese sentido, la SAE debe hacer un estudio de titulo para establecer los verdaderos linderos. Saber, por ejemplo, cuáles son los límites y el área real de Cachenche. Por otra parte, debe hacer un estudio para caracterizar a la población que hoy está poseyendo el predio. Esto es, saber tiempo de posesión y censar la población. Se trata de saber cuántos niños y adultos están allí. En qué condiciones están viviendo.
La falta de ese estudio debería llevar al juez a defender los derechos fundamentales de los que impetraron la acción de tutela. Pero existe un problema. Hay personas privadas interesadas en desalojar a los campesinos. Algunos dicen que es el caso de algunos propietarios de predios vecinos. Por ejemplo, del exconcejal Alex Castro y de John Villamizar, propietario de la finca Santa Isabel.
La Defensoría del Pueblo coadyuva tutela para que el Juez Promiscuo del municipio de Turbana adopte una decisión de defensa de los derechos fundamentales. Son familias que se encuentran poseyendo pacíficamente esas tierras. Hay campesinos —adulto mayor— que están en un estado de vulnerabilidad.
https://www.facebook.com/watch/?v=437195474290261