En la medida que se radicaliza el discurso del presidente Gustavo Petro sobre un posible golpe blando y de enfrentarlo con un levantamiento popular sobre los centros de poder del país, crece el malestar de sus contradictores. Pero, al mismo tiempo, aumenta la manifestación de sus partidarios y de organizaciones de la sociedad civil. En esta dinámica se inscribe la acción de tutela contra los magistrados del Consejo Nacional Electoral―CNE. Ellos promulgaron los cargos contra la campaña presidencial de la Coalición Pacto Histórico.
En ese sentido, se debe entender la reciente tutela presentada por el profesor y abogado Alcides Arrieta Meza, representante legal de la Veeduría Colombia Decente.
Sin embargo, el CNE considera que su actuación tiene sostenibilidad constitucional y legal. Al mismo tiempo, rechazó las declaraciones del presidente Petro en El Pozón, barrio populoso de Cartagena de Indias.
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La tutela contra CNE
En efecto, Arrieta Meza radicó el pasado 10 de mayo la tutela contra los magistrados ponentes del CNE, Benjamin Ortiz Torres y Álvaro Hernán Prada. También contra la Sala Plena. La acción de tutela está motivada por la presunta violación del derecho fundamental a elegir y ser elegido en conexidad con el debido proceso.
De manera que, bajo el concepto del veedor, aunque sea un auto de trámite, la ponencia al formular cargos al presidente Gustavo Petro, es manifiestamente contraria a la ley.
Siguiendo el argumento del abogado, el 28 de Febrero de 2023, al investigar y formular el pliego de cargos, Gustavo Petro estaba elegido y ejercía el cargo desde el 7 de Agosto de 2022.
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Debido proceso
Por tanto, el auto del proyecto de sentencia, viola el debido proceso en conexidad con el derecho de elegir y ser elegido. Además, atenta contra el Estado democrático de Derecho.
En consecuencia, la pretensión de la tutela contra el CNE es que el juez ordene dejar sin efectos la investigación y el pliego de cargos formulado contra Gustavo Petro.
Si la acción de tutela prospera, por ende, el CNE debería archivar el expediente contra el presidente.
CNE rechaza declaraciones de Petro
Este es el comunicado de rechazo categórico a las declaraciones del presidente Gustavo Petro. El CNE considera que es una investigación administrativa. Además, señala, sus actuaciones responden a las competencias otorgadas por la Constitución Política, a las leyes 130 de 1994, 996 de 2005, 1375 de 20011.
De igual modo, a una reiterada jurisprudencia de la Corte Constitucional y del Consejo de Estado.
¿Por qué el CNE viola el Debido proceso?
De acuerdo con la tutela contra CNE, la constitución política señala que los presidentes y, en este caso, el presidente Gustavo Petro Urrego, solo lo puede investigar la Comisión de Acusaciones de la cámara de Representantes. El 28 de Julio de 2023, fecha en la que se inicia la investigación, Petro Urrego, no era candidato. Ya estaba como presidente electo y en ejercicio.
A juicio del accionante, el fundamento jurídico es contundente. Por cuánto el CNE no tiene facultades para indagar, ni investigar a los presidentes de la Rèpublica.