Una cacería de brujas ordenaría el alcalde William Dau contra el Sindicato de Contratistas del Distrito de Cartagena. Es una clara retaliación la actitud de la administración de retrasar la renovación del contrato de prestación de servicios a varios directivos sindicales, especialmente a su presidenta Ingeborg Barros de la Hoz.
Erick Ujueta, director de la Veeduría del Poder Judicial, manifestó que no existe otra explicación a la conducta de la administración. Ello porque la administración viola flagrantemente el decreto No 491 del 28 de marzo de 2020:
«Actividades que cumplen los contratistas de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión. La declaratoria de Emergencia Económica, Social y Ecológica y la declaratoria de Emergencia Sanitaria, así como las medidas que se adopten en desarrollo de las mismas no constituyen causal para terminar o suspender unilateralmente los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión celebrados con el Estado».
El pasado 17 de mayo Barros de la Hoz, en nombre de la entidad sindical, presentó una queja ante la Oficina Regional del Trabajo. Solicitó su intervención para evitar que se le sigan violentando los derechos fundamentales y laborales a un conjunto de servidores públicos que se vienen desempeñando como contratistas. Estamos hablando de personas que tienen entre 10 y 20 años de estar al servicio del Distrito.
Barros de la Hoz está vinculada en la alcaldía de Cartagena desde el año 2001. Es una líder en condiciones de discapacidad. Tiene como mérito haber dinamizado la incorporación de la política de discapacidad dentro de las políticas públicas del Distrito de Cartagena.
¿Retaliación?
En ese sentido, no existe ningún impedimento desde el punto de vista legal para que sigan vinculados en sus actividades públicas. Entre otras cosas, porque vienen desempeñando un papel necesario de apoyo a la gestión. En el caso de Barros de la Hoz, además de tener derecho a una estabilidad laboral reforzada por su condición de discapacidad, es profesional en desarrollo comunitario con una especialización en convivencia y conflicto social.
Por esa razón, la demora para la renovación de los contratos a los líderes sindicales se puede calificar como retaliación. Si esto es así, sería una conducta reprochable que amerita la intervención de las autoridades competentes.
En marzo el alcalde Dau Chamat se negó a renovarles los contratos a muchos contratistas. El objetivo como lo demostramos, era recaudar el mayor número de recursos para financiar las órdenes de prestación de servicios a sus amigos. Estas Ops son las de mayor costos en la alcaldía. Ejemplo de ello, es la Ops de la primera dama Cynthia Amador, quien fue beneficiada con un contrato de $77 millones por un período de 10 meses.
La decisión que adoptó el alcalde distrital no es humanitaria. Representa la filosofía del capitalismo salvaje que descarga sobre los más débiles el peso de la crisis que provoca la contingencia del nuevo coronavirus.
Además, es ilegal e inconstitucional que viola el principio de protección laboral de los contratistas por órdenes de prestación de servicios con apoyo a la gestión. En el estado de emergencia social, tal comportamiento es contrario a la jurisprudencia. Por ejemplo, la sentencia SU040/18 Derecho a la Estabilidad Laboral Reforzada de personas en condición de discapacidad o disminución física.
Hemos tratado de comunicarnos en varias oportunidades con la directora de Talento Humano, Martha Carvajal, quien no ha podido respondernos por las continuas reuniones virtuales y teleconferencias. La idea es saber si existe retaliación para reprimir las acciones de los sindicatos del Distrito.