Danilo Hernández, alegre por el programa de medicina. Pero los últimos docentes convencionales están tristes porque no les atienden sus exigencias.
Danilo Hernández, alegre por el programa de medicina. Pero los últimos docentes convencionales están tristes porque no les atienden sus exigencias.

Mientras los últimos docentes (68) de la Universidad del Atlántico (UA), con derechos convencionales, están tristes, alegres están los directivos. La comisión creada por el Consejo Superior para buscarle una salida a su problema sigue en divagaciones. En tanto, los directivos se encuentran alegres porque abrieron las inscripciones hasta el 9 de diciembre el programa de medicina. Pero estas dos caras, aparentemente contradictorias, reflejan, de algún modo, la profunda crisis del Alma Máter en lo financiero, lo ético y de la vida existencial de sus estudiantes.

En cuanto a la salud mental, las instituciones como la Universidad del Atlántico, la Universidad Pedagógica y la Universidad Nacional reportaron múltiples casos de suicidio o ideación suicida. El crecimiento de la adicción a sustancias alucinógenas se multiplicó por 7, según el Tercer Estudio Epidemiológico Andino sobre Consumo de Drogas en la Población Universitaria de Colombia (2016).

¿Cuál es la situación de la salud mental de los últimos 68 docentes convencionales sometidos a un estrés crónico por una larga espera? Algunos murieron en este trasegar. Otros están desesperados, porque lo que ellos esperaban, no llega.

Los últimos docentes

En ese sentido, los últimos docentes que se encuentran protegidos por convenciones colectivas avaladas por el ministerio del Trabajo viven su propio viacrucis que les viene deteriorando su salud mental. Ellos exigen a su rector el cumplimiento de esas convenciones colectivas.

La comisión se abstuvo de tramitar el tema en la última reunión del 2 de diciembre del 2024. ¿La razón? Alegan que dichas convenciones no fueron autorizadas por la Asamblea del Atlántico. Este es uno de los tantos argumentos de la jefe de la oficina jurídica de la universidad, María Andrea Bocanegra Jiménez, y que mantiene en vilo el camino solicitado por el Consejo Superior. 

Esa posición negacionista de la directiva creó una sensación de desazón de estos docentes que vienen gozando o padeciendo derechos pactados por convenciones suscritas en la década de los 70. Una convención colectiva es un acuerdo escrito que se establece entre los empleadores y los trabajadores sindicalizados para fijar las condiciones de trabajo y empleo.

La génesis

En las décadas de los 70, 80 y 90, la Universidad del Atlántico padeció sucesivas administraciones ligadas a la corrupción política de derecha y de izquierda. En los 70 y 80, por ejemplo, el Misol del senador José Name Teherán, encontró un aliado perfecto en el partido Comunista que en ese tiempo mantenía una hegemonía en los docentes y trabajadores sindicalizados.

Así mismo, cuajaron un contubernio que dio al traste con la salud financiera de la universidad que la convirtieron en una cueva de ladrones. Este modelo corrupto de administrar una falsa autonomía universitaria entró en crisis al final de los 90 y se profundizó en los años 2000.

Dentro de ese pacto de la derecha, representada por Name, y el Partido Comunista, representada por Juan B. Arteta, se les otorgaron beneficios convencionales a empleados públicos, cosa prohibida por la Constitución Nacional. Además, se reconocieron pensiones sin tener competencia para ello a contrapelo de las normas que lo prohíben. Igualmente, se aprobaron pensiones de invalidez sin el visto bueno de la Junta de Calificación de Invalidez. Se otorgaron numerosas y onerosas pensiones sin los documentos que las soporten debidamente.

Por supuesto, esa alta corrupción, que a los ojos de la dirigencia sindical le parecía normal, fue oxidando las bases financieras y administrativa de la Universidad, la cual era “la gallina de los huevos de oro”, porque allí se ilustraron miles de estudiantes de estratos sociales bajos.

La nivelación salarial

Bajo la concepción de que son los docentes y trabajadores los causantes de esa crisis financiera y caos administrativo, el gobierno nacional le quiso poner un tatequieto mediante una intervención centralizada. Al mismo tiempo, el paramilitarismo exterminó físicamente a su clase entre el 1998 y el 2006. Sin embargo, la corrupción de arriba no se acabó. Por el contrario, se agravó en los años 2000, bajo el imperio de Álvaro Uribe y la familia Char.

En ese marco histórico, se implementó el Decreto 1279 de 19 de junio de 2002 a través del Acuerdo Superior No. OO9. Para facilitar que voluntariamente la población docente se acogiera al decreto, a los que lo hicieron, se les proyectó el impacto porcentual que representaba cada derecho convencional en forma de puntos. Así mismo, el impacto porcentual de los derechos representados en los acuerdos superiores de 1970, 1975, 1977 y 1979, pues los derechos adquiridos con anterioridad no podían ser desconocidos por la institución.

Los derechos

Todos los derechos que cobijaban a los docentes acogidos les fueron respetados y convertidos en puntos, de acuerdo al porcentaje salarial que representaba cada derecho. No se les podía desmejorar salarialmente, tal como es la característica del decreto para quienes ya estaban vinculados a la universidad en otro régimen salarial y prestacional.  Un grupo de docentes no se acogió al decreto y se mantuvieron en sus convenciones sin que fueron disminuidos salarialmente.

El Decreto 1279 de 2002 del Ministerio de Educación Nacional establece el régimen salarial y prestacional de los docentes de las universidades estatales de Colombia. Este decreto se refiere a la carrera docente, los docentes, el escalafón docente, la remuneración y una escala salarial o de bonificación. 

Con estas medidas se quería hacer justicia, ya que a los docentes no se les puede desmejorar salarialmente si en un determinado momento decidían acogerse a otras normas más recientes. Desde cuando aparecieron éstos mecanismos, todos los derechos que traían a cuestas los docentes acogidos a los nuevos decretos, quedaron sumergidos en la nueva realidad laboral.

El conflicto

Por tanto, con la entrada en vigencia de la nueva norma docente, se produjo dos regímenes laborales. El 1279 y el convencional y al filo de los años 2004 y 2006. Según los docentes, las directivas de la universidad empezaron a desarrollar medidas violatorias ilegales al despojar de los derechos convencionales a los docentes de ese régimen, sin mediar el debido proceso. Todos los derechos convencionales fueron desaparecidos de la base salarial, bajo supuestos u órdenes emanadas de ministerio de Hacienda y Crédito Público.

En ese sentido, los docentes explican que la rectora encargada enviada por el mismo Minhacienda, Ana Sofía Mesa de Cuervo, recurrió ilegalmente al despido de trabajadores y a la vulneración de los derechos convencionales de los docentes no acogidos al 1279, supuestamente para bajar costos institucionales. No tocó a ninguno de los docentes acogidos al 1279. Pero retalió contra quienes optaron por quedarse con el viejo régimen convencional, según opinan.

La rectora Ana Sofía Mesa de Cuervo quiso remediar el déficit presupuestal que arrastraba la universidad a costas de la extinción de las convenciones y los derechos convencionales negociados entre la institución y los sindicatos. Se olvidaba que ese déficit presupuestal se debía a las administraciones corruptas que condujeron a la Universidad del Atlántico a un déficit insostenible. Desde el interino rector Juan Romero Mendoza (2001-2004), los viejos docentes fueron arrinconados.

Los últimos docentes resisten

Hoy viven una incertidumbre los 68 docentes porque, según ellos, se está desconociendo las convenciones colectivas pactadas que han regido desde esa época.

Al respecto, los docentes integrantes de la comisión creada en el Consejo Superior para encontrar la ruta de resarcimiento se han dirigido a VoxPopuli Digital:

El resultado de esta aplicación fue el despojo de los derechos adquiridos a los docentes convencionales.

Luego de ello, vinieron decenas de demandas para reconquistar algunos de los derechos convencionales, entre ellos, prima de antigüedad, bonificación por compensación, prima de especialización y otros. Muchas de las demandas fueron ganadas en las dos instancias por las víctimas, especialmente quienes lo hicieron al comienzo. Como era previsible, se produjeron restituciones de los derechos vulnerados y las consiguientes sanciones pecuniarias contra la institución.

El sentido común permitía intuir que, para evitar las nuevas demandas, la Universidad debía concertar con los afectados. Pero, al parecer, la dirección de la universidad fomentó una especie de cartel de las demandas aduciendo que resarciría y pagaría el derecho convencional a quienes demandaran y ganaran. De esta manera, se extendió así el suplicio laboral victimizador de los docentes de la universidad más importante del Caribe. La misma que forjó con sacrificio y calidad humana Julio Enrique Blanco De La Rosa, desde 1946.

La solución

Los docentes convencionales (los que no se acogieron al decreto No 1279 de 2002), solicitan a los negociadores que representan a la universidad, que finalicen el largo proceso de negociación. Que no haya más argumentos deliberados para dilatar los resultados Que se respeten y resarzan los derechos convencionales pactados y certificados en vigencia por Mintrabajo y a sí mismo, los derechos consignados en los acuerdos No 005 del 15 de septiembre de 1970 y No 003 de diciembre 5 de 1977.

La comisión creada por los docentes manifiesta que dichos derechos y acuerdos deben ser incorporados en el acta final de diálogo. Además, es una decisión del Consejo Superior de la Universidad del Atlántico, interesado en la búsqueda de una salida negociada al conflicto que tanto daño familiar les ha asestado a los docentes convencionales.

Los derechos en juego

Lo anterior indicaría que la Universidad debe garantizarles a los docentes protegidos por las convenciones, 7 derechos como:

  • Pago de la retroactividad por descongelamiento del escalafón docente.
  • Pago de la retroactividad de los docentes formalizados del antiguo Instituto Pestalozzi
  • Vacaciones completas, 30 días hábiles y continuos por año de servicio.
  • Prima de Navidad y extralegal, un mes de salario
  • Pago de la Media Prima de Junio
  • Pago de los días de vacaciones (50%) dejados de pagar.
  • Prima de carestía
  • Prima de vacaciones
  • Prima de especialización
  • Prima de antigüedad
  • Prima por publicaciones
  • Prima o bonificación por servicios prestados.
  • Otros derechos.

Todos estos derechos les fueron reconocidos a 500 docentes convencionales y del Decreto 1279 que ya se pensionaron. Esta situación, llevaría a los 68 docentes a pedir la intervención del Ministerio del Trabajo.

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El viacrucis de 68 docentes de convención

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