
En etapa de juicio se encuentra el proceso 2019-081-2 de extinción de bienes al otro exgobernador condenado de La Guajira, Jorge Pérez Bernier. Mientras tanto, se destapó su cadena de testaferros que tenía en su poder 38 propiedades, entre ellos, predios, cadena de hoteles e inmobiliarias, que para la Fiscalía, hacían parte de las propiedades adquiridas con los más de $24 mil millones que se robaron del contrato de obras No.770 de 2009.
El exmandatario Pérez Bernier lo condenó la Sala de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia al comprobar la apropiación ilegal de esos dineros.
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La familia Ávila Chessaigne
La citada lista está compuesta por toda una familia: los hermanos Ávila Chessaigne. Además, Martha Soraya Carvajalino Barros, quien recurrió la medida de extinción, es la esposa de Antonio Ramón Ávila Chassaigne. La Fiscalía los procesa pidiendo su detención carcelaria. Hoy, Carmenza Lucía aparece con detención domiciliaria esperando un prolongado juicio donde la Fiscalía le imputó los delitos de contrato sin el cumplimiento de los requisitos legales y peculado por apropiación agravado. El contrato de los megacolegios inicialmente estaba por $90 mil millones y terminó en $134 mil millones.
Este proceso de extinción lo lleva el Juzgado 2° de Extinción de Dominio de Bogotá. Aproximadamente la medida cobijó a 6 predios y la participación accionaria en 19 sociedades con sus respectivas propiedades. Entre ellas la cadena de hoteles Internacional Hotel Alliance S.A.S. y de inmobiliarias como Ávila S.A.S. y Ávila Desarrollos Inmobiliarios S.A.S.
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Control de legalidad
A pesar de las evidencias y del material probatorio reunido por la Fiscalía Delegada ante Corte Suprema de Justicia, Pérez Bernier por intermedia persona presentó varias peticiones de control de legalidad que les resolvieron desfavorablemente en primera y segunda instancia. El 8 de julio de 2020, el Juzgado Primero homólogo, bajo el radicado 2019-0099-018, falló en contra de la presunta testaferro.
No bastó con esa decisión. La presunta testaferro de Pérez Bernier, Martha Soraya Carvajalino Barros, hizo solicitud de control de legalidad mediante su apoderada, Jensy Osorio.
La primera petición la resolvió el Juzgado Primero Homólogo. Luego de hacer una relación de los elementos recaudados, señaló que debía imponerse la suspensión del poder dispositivo. La medida tiene el propósito de evitar que sean ocultados, negociados, gravados, distraídos, transferidos o sufrir deterioro, extravío o destrucción.
El citado en su fallo manifestó que resultan razonables y proporcionales imponer el embargo y secuestro de los bienes de Pérez Bernier y de su cadena de presuntos testaferros con el fin de asegurar el remate judicial. Así se convierte en un instrumento coactivo procesal. De la misma manera, se abre el camino al remate o a la venta en pública subasta y a la tradición de los bienes a favor del Estado.
De esa forma, el juzgado garantizaría la efectividad de la sentencia. Además porque, asegura la sentencia, ante el conocimiento del proceso, es posible que los titulares del derecho, por temor de perder la propiedad de sus bienes, dispongan de ellos físicamente. Así burlarían la finalidad última del Estado de extinguir el derecho de dominio y harían insulsa la condena para revertir el daño causado.
La extinción de bienes del exgobernador

Asimismo el Juzgado Segundo homólogo, ratificó la decisión de extinción de dominio de los bienes de Pérez Bernier. (Clic aquí). Destacó que las medidas son razonables, dada su vital importancia, ya que existe suficiente material probatorio que acredita los actos de corrupción desplegados durante la administración de Jorge Pérez Bernier.
Esas irregularidades se detectaron desde la fase precontractual, contractual y post-contractual del Contrato de Obra Pública No.770 de 2009, cuyo objeto era realizar los estudios técnicos y ejecución de obras de infraestructura educativa en La Guajira.
Destacó la forma irresponsable de la familia Ávila Chassaigne, empezando por la representante legal de la Unión Temporal del Norte, Carmenza Lucía Ávila Chassaigne, al apropiarse los recursos públicos en provecho privado. Incrementó en forma ilícita su patrimonio y generó un detrimento económico al Estado en más de 24 mil millones de pesos.
En ese entendido, para el juez, las medidas decretadas se muestran proporcionales, si se tiene en cuenta que el interés particular debe ceder ante el interés general. Con fundamento en los actos de investigación se puede afirmar que los bienes cuestionados provienen de actividades ilícitas. Se trata de salvaguardar derechos del Estado, teniendo en cuenta que se ha vulnerado el patrimonio público en más de $24.000 mil millones de pesos.
Los testaferros y sus cómplices
Mediante Informe de Policía Judicial PEED No.9-97802 de fecha 20 de abril de 2017, se inició el trámite de extinción del derecho de dominio a los bienes muebles y/o inmuebles del exgobernador Jorge Eduardo Pérez Bernier. Igualmente a Enrique Eduardo Ávila Chassaigne, Antonio Ramón Ávila Chassaigne, Carmenza Lucía Ávila Chassaigne, Milena Janneth Ávila Chassaigne, Dilia Beatriz Ávila Chassaigne, Georin De Jesús Blanchar Díaz (exsecretario de Obras) y Martha Soraya Carvajalino Barros.
El exgobernador Pérez Bernier fue investigados por la Fiscalía Once Delegada ante la Corte Suprema de Justicia, dentro del radicado 1100160001022013-00209, por presuntas conductas punibles de Contrato sin cumplimiento de requisitos legales y Peculado por apropiación, relacionados con el Contrato No.770 de 2009.
Las medidas, que inicialmente fueron cautelares, afectaron los bienes inmuebles identificados con folios de matrícula inmobiliaria Nos. 50N20195472, 50N-20195471, 50N-20195344, 50N-20195337, 214-5117 y 212-38334 y sobre la participación de su representada en las Sociedades International Hotel Alliance SAS (210-64850, 210-58429, 210-1765, 210-571, 080-85711, 080-85720, 080-85434.
De la misma manera, establecimientos de comercio hotel Taroa, Taroa Hotel & Suites, Hotel Gimaura y Ávila Desarrollos Inmobiliarios SAS (210- 64333,210-58851,210-58844,210-58845, 210-58846,210-58847, 210- 58848,210-58849,210-58850,210,58841,210-58842,210-58843, 210- 58840, 210-58839, 210-58832, 210-58833, 210-58834, 210-58838, 210-58837, 210-58835, 210-58836,210-37954, 50N-20562533, Sociedad Ávila Desarrollos Inmobiliarios SAS y establecimiento de comercio Ávila Desarrollos Inmobiliarios SAS.), que fueron ordenadas por la Fiscalía.