Mientras los jueces lo condenan por negligente y embustero, el alcalde William Dau sigue faranduleando en el negocio de su hijo. ¿Cartagena se merece un gobernante así?

¡Arresto! por embusteros y negligentes fueron sancionados por desacato el alcalde de Cartagena William Dau Chamat y Javier Mouthón Bello, director del EPA sobre el Caso La Popa. Presentaron «evidencias de cumplimientos» que el juez calificó de «solo palabras» y nada de hechos. Estos servidores públicos entraron en desacato para implementar las medidas urgentes ordenadas por el Juez Séptimo Administrativo del Circuito de Cartagena dentro de la Acción Popular impulsada por el director de ECOPOPA, Rafael Zuñiga

El juez ordenó ejecutar un plan para la protección integral de este ecosistema en franco deterioro que se ha venido degradando paulatinamente en medio de la desidia oficial. Si no ha salvado a la ciudad con el mero palabrerío, mucho menos La Popa que son órdenes judiciales perentorias.

Incapacidad para gestionar

Los representantes del alcalde como el director del EPA, Javier Mouthón, fueron incapaces de cumplir con la orden judicial impartida el 22 de febrero de 2017 por el Juzgado Séptimo Administrativo  del Circuito y confirmada por el Tribunal Administrativo de Bolívar, mediante sentencia de segunda instancia del 15 de mayo de 2018. Si bien Pedrito Pereira era el alcalde y debió poner en marcha el Plan de Recuperación, a William Dau le correspondía, ya que le fue notificado en el proceso de empalme realizado en 2019.

a) El Distrito de Cartagena deberá aprobar, implementar y poner en marcha una POLÍTICA PÚBLICA de protección integral al Cerro de la Popa que tenga por objetivo, su protección, conservación y desarrollo sostenible, que consulte la normatividad interna y los instrumentos internacionales que hemos citado en esta providencia. Para tal efecto se concede el término de un (1) año. b) El ESTABLECIMINETO PUBLICO AMBIENTAL, deberá aprobar e implementar un PLAN DE PROTECCION AMBIENTAL INTEGRAL para el cerro de la Popa en la ciudad de Cartagena, teniendo en cuenta los considerandos de esta providencia. Para tal efecto se concede el término de un (1) año.

Juzgado Séptimo Administrativo del Circuito

Además, tanto el Distrito como el EPA debían adelantar medidas específicas que pudiesen cumplir con la protección integral del Cerro de la Popa:

Se ordena al DISTRITO DE CARTAGENA que realice un censo de las personas que habitan esta zona en asentamientos ilegales y se adopten medidas tendientes a evitar que se formen nuevos asentamientos, para tal efecto debe utilizar las herramientas previstas en las normas de protección al espacio público y el Código Nacional de Policía. (…) Desarrollar un plan de acción que implique la construcción de obras urgentes y necesarias con el propósito de mitigar las condiciones de vulnerabilidad ambiental, así como su recuperación, conservación y sustitución de la zona; de tal forma que se logre reforestar el área ecológica afectada. será necesario la elaboración de un proyecto de reubicación de la población aquí asentada adoptando las medidas administrativas y presupuestarias necesarias para ello.

Las autoridades judiciales le concedieron a la alcaldía y al EPA un plazo de un año y hasta 18 meses para el cumplimiento de esas órdenes. Pasaron 4 años desde que la orden se dio en primera instancia (febrero 2017) y el Distrito como el EPA no han cumplido. 

Por embusteros y negligentes

Cárcel por embustero
El juez dijo que la responsabilidad del alcalde no se resume en requerir a otras autoridade, ¡debe ejercer su poder! Aquí contempla su basura pero no es capaz de hacerla recoger. El juez tiene razón.

William Dau Chamat, en su calidad de alcalde y Javier Mouthón, como director del Establecimiento Público Ambiental-EPA, fueron llamados a presentar evidencias de que habían cumplido con el mandato del Juzgado Séptimo  Administrativo del Circuito. 

Las «evidencias de cumplimientos» que presentaron, en su mayoría eran falsas y otras simplemente proyectos sin ningún sustento financiero y administrativo. Dijeron que habían hecho el censo. La evidencia que le presentaron al juez fue un inventario que realizó la Cruz Roja contratado por Manolo Duque para atender a los damnificados de la ola invernal de 2017. Ante esta situación el Juez Octavo Administrativo del Circuito de Cartagena que conoció el incidente de desacato presentado por los impulsores de la Acción Popular señaló: 

Dichas iniciativas quedan en solo palabras pues a la fecha de hoy no existe evidencia de que dichos proyectos hayan rendido frutos o sean efectivos antes la situación que se presenta en el Cerro la Popa, puesto que las invasiones continúan, la quema y tala de árboles se sigue presentando. En ese sentido, se requiere que los proyectos que lidera el Distrito se materialicen y no queden en simples ideas o intenciones. Al día de hoy no se avizora un plan de reubicación de las familias y personas que se encuentran habitando esos asentamientos, por el contrario, las invasiones existentes cada día crecen y, peor aún, surgen nuevas. Ello quiere decir que las acciones del Distrito y el EPA han sido insuficientes.

Embuste y negligencia

Javier Mouthón Bello en compañía de su madrina política Judith Pinedo. Es uno de los funcionarios que ha brillado por su ineptitud, según el juez. Cortesía.

El auto No 00063/2016 del Juzgado Octavo Administrativo de Cartagena puso en evidencia dos elementos que son comunes en esta administración y que retrata la gestión del alcalde William Dau. Esos dos distintivos son la embustería que presenta a la ciudadanía sobre supuestas realizaciones. Y el otro es su negligencia en la gestión pública.

Sus declaraciones a medios de prensa, las rendiciones de cuenta y los informes que deben presentar, incluso, a los jueces, son falsos o espurios. Pero el juez en este caso del desacato le dijo que el informe de realizaciones solo se queda en palabras.No hay ejecución efectiva de las órdenes emanadas por el juez de primera y el de segunda instancia.

Ejerzan el poder

Por ejemplo, no han hecho la reubicación de la población que ocupa irregularmente terrenos de La Popa, porque Corvivienda y el Ministerio de Vivienda no han atendido sus oficios. O que han solicitado a la policía y a los inspectores de policía para que controlen la invasión ilegal, pero que ellos no han respondido. Ante estas respuestas evasivas y sin sentido, el juez les dijo:

Este Despacho considera que la responsabilidad del Distrito no se resume en requerir a otras autoridades, pues debe ejercer su poder como máximo jefe de la Policía para idear otros métodos o estrategias para evitar la proliferación de invasiones o el crecimiento de las ya existentes.

De hecho, esta administración no ejerce el poder que le confiere la ley para adoptar medidas como la seguridad ciudadana, el servicio de aseo, el orden urbanístico y mucho menos el cumplimiento de órdenes judiciales como la protección de La Popa. No ejercen el poder. Carecen de iniciativas. Solo el farandulero el que brilla en este distrito de Cartagena. 

El desacato

Ante este panorama dado a conocer en las consideraciones del juez, decidió declarar en desacato al alcalde de Cartagena William Dau Chamat y al director del EPA, Javier Muothón. Los dos funcionarios fueron negligentes, renuentes y mintieron al juez sobre supuesto cumplimientos con camándulas ajenas al decir que el censo realizado por la Cruz Roja era parte de ese cumplimiento. ¡Falso! Eso fue lo que señalaron los accionantes y corroborado por el mismo juez a través de inspecciones oculares.

En consecuencia el juez decidió:

DECLARAR EN DESACATO al representante legal del DISTRITO DE CARTAGENA, Dr. WILLIAN DAU CHAMAT; y al Director del ESTABLECIMIENTO PUBLICO AMBIENTAL- EPA, señor JAVIER MOUTHON BELLO, por el incumplimiento de la sentencia de acción Popular de fecha 22 de febrero de 2017 proferida por el Juzgado Séptimo Administrativo del Circuito de Cartagena y confirmada por el Tribunal Administrativo de Bolívar, mediante providencia adiada 15 de mayo de 2018, por las explicaciones dadas en este proveído.

Por tanto, los funcionarios fueron condenados a pagar cinco salarios mínimos mensuales y la orden de arresto de cinco (5) días:

SANCIONAR POR DESACATO al señor WILLIAN DAU CHAMAT, en calidad de representante legal del Distrito De Cartagena y al señor JAVIER MOUTHON BELLO en calidad de Director del ESTABLECIMIENTO PUBLICO AMBIENTAL- EPA, con cinco (5) salarios mínimos legales mensuales, a cada uno, a favor del Fondo para la Defensa de los Derechos e Intereses Colectivos, conmutables con arresto de cinco (5) días, por los fundamentos expuestos en la parte motiva de este proveído. TERCERO: EXHÓRTESE al señor WILLIAN DAU CHAMAT, en calidad de representante legal del Distrito De Cartagena y al señor JAVIER MOUTHON BELLO en calidad de Director del ESTABLECIMIENTO PUBLICO AMBIENTAL- EPA, para que a la mayor brevedad posible y sin dilaciones injustificadas, ejecute las ordenes emitidas en sentencia de acción popular

Con este nuevo incidente de desacato, se demuestra una vez más que los cartageneros tienen un alcalde que brilla por promesas incumplidas, negligencia y, además, es embustero. Pero con esta conducta puede manipular a ciudadanos pocos informados de su verdadero talante y produce un sentimiento de frustración entre la ciudadanía.

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