¿En desacato la Serrezuela para demoler Andrés Carne de Res? Si demolerán aquarela ¿por qué no lo hacen con este restaurante?

¿Está en desacato la Serrezuela para demoler parte del restaurante Andrés Carne de Res? ¿Por qué razón el IPCC se está haciendo el de la vista gorda para ejecutar una decisión administrativa ejecutoriada que cumplió todos los pasos del debido proceso? La directora del IPCC, Lucy Espinosa Díaz, está obligada a responder estas preguntas. ¿Acaso espera que intervenga el Ministerio de Cultura o la UNESCO?

Así como las autoridades distritales contrataron la demolición del esperpento del edificio Aquarela ¿por qué razón no han hecho con las obras anexas al Circo de Toros de la Serrezuela donde está Andrés Carne de Res que violan la normatividad vigente de Patrimonio Histórico? Desde octubre de 2023 los dueños de la construcción de este centro comercial estarían en desacato frente a la orden que quedó ejecutoriada después de cumplir con el principio de legalidad del debido proceso.

De esa manera, se demuestra que el proceso de gentrificación urbana del barrio histórico de San Diego es tan evidente que hoy pocas familias se resisten a los embates de la transformación del uso del suelo. Familias que tuvieron que salir presionadas por “el desarrollo”. Un “desarrollo” que ―para unos pocos― se traduce en millonarias ganancias. Pero, para la mayoría, significa destierro, desarraigo y una eterna diáspora. Solo queda la nostalgia de sus noches, calles, plazuelas y esquinas sanandieganas sin sus originales habitantes. La nostalgia que sirve para inspirar la tristeza de los poetas pero es el peor enemigo de la memoria histórica que se debe rescatar con el patrimonio cultural.

¿Qué dice Lucy?

¿En desacato la Serrezuela para demoler Andrés Carne de Res? Esperamos la respuesta de Lucy Espinosa Díaz, directora del IPCC.

En el despacho de la directora del Instituto de Patrimonio Cultural de Cartagena (IPCC), Lucy Espinosa Díaz, licenciada en música, especializada en Gerencia y Gestión Cultural y Turismo Sostenible, se encuentra una solicitud firmada por Germán Osorio Buelvas, uno de los vecinos afectados por las irregularidades de la construcción de Andrés Carne de Res. ¿Qué dice Lucy? ¿Qué dice Dumek? ¿Se pondrán el casco blanco para demoler parte del restaurante Andrés Carne de Res como lo hicieron con Aquarela? Este es el análisis de VoxPopuli Digital.

La inspección ocular

El 24 de agosto de 2020 quedó demostrado que los constructores modificaron las respectivas licencias en la ejecución de las obras autorizadas. Ellos alteraron las dimensiones y espacios afectando el patrimonio histórico. Ese día los Arquitectos Eduardo Arrieta, Egling Meriño y el Ingeniero Fabián Aristizábal, funcionarios de la Unidad de Patrimonio del Instituto de Patrimonio y Cultura de Cartagena (IPCC), realizaron una inspección donde constataron que una parte del área del Restaurante Andrés Carne de Res está por fuera de lo autorizado. El inmueble está ubicado en San DiegoCalle del Jardín No. 39 – 118 referencia catastral No. 010101050010000 y matricula inmobiliaria No. 060-34670, violaron las normas establecidas para la protección del patrimonio histórico.

Con ese informe de los profesionales citados, se constató que realmente los constructores violaron las normas de conservación del patrimonio histórico de Cartagena de Indias, Patrimonio Histórico y Cultural de la Humanidad, según la UNESCO.

«Durante el recorrido se evidenciaron diferencias entre lo aprobado de la obra y lo actualmente construido, aparentemente fueron realizadas modificaciones sustanciales de función del inmueble aprobado por el comité técnico».

La principal conclusión de la inspección ocular.

La sanción

A raíz de esa inspección ocular, los profesionales presentaron un informe al IPCC señalando diferentes irregularidades que encontraron en la construcción del predio ya identificado. Ante este hecho, los afectados impugnaron la decisión. Los recursos de reposición y subsidiariamente de apelación se resolvieron en contra de ellos. Por tanto, los hallazgos en esa inspección quedaron en pie.

Con base en esa prueba que resistió los dos recursos de la contraparte, el IPCC adoptó la resolución sancionatoria Nro. IPCC-RES-00010-2022 de fecha 6 de marzo de 2023 contra la Serrezuela. Allí se resolvió negativamente la solicitud de nulidad de los dueños de la construcción.

En consecuencia, la dirección general del IPCC mediante Resolución Nro. IPCC-RES-258 de 24 de octubre 2023 se ordenó lo siguiente:

«ARTÍCULO PRIMERO: CONFIRMAR la Resolución No. IPCC-RES-00038-2022 de 3 de noviembre de 2022 proferida por el Profesional Especializado 222-45 de la División de Patrimonio Cultural del Instituto de Patrimonio y Cultura de Cartagena, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución».

Resolución sancionatoria Nro. IPCC-RES-00010-2022 del 6 de marzo de 2023.

De manera que para el cumplimiento de dicha orden, es decir, demoler lo no autorizado, luego de ser notificados debidamente, los encartados tenían un plazo de 45 días hábiles que se cumplieron en enero de 2024. O sea, pasaron los meses de febrero y marzo, y se siente un silencio sepulcral en la administración de Dumek Turbay Paz.

¿En desacato la Serrezuela?

Este derecho de petición tiene radicado No EXT-AMC-24-22514 está radicado desde el 26 de febrero de 2024..
Este derecho de petición tiene radicado No EXT-AMC-24-22514 está radicado desde el 26 de febrero de 2024.

La orden de demolición que establece la resolución ya citada, luego del proceso administrativo que concluyó, debió ejecutarse en el término máximo de cuarenta y cinco (45) días hábiles. Se debió llevar a cabo todas las diligencias necesarias para la adecuación de la intervención realizada a la norma urbanística y patrimonial. Debieron hacer la respectiva solicitud de demolición de las obras que no contaron con autorización de las autoridades competentes. Es decir, seguir la ruta establecida por la primera parte de la Ley 1437 de 2011.

«Las normas de esta Parte Primera tienen como finalidad proteger y garantizar los derechos y libertades de las personas, la primacía de los intereses generales, la sujeción de las autoridades a la Constitución y demás preceptos del ordenamiento jurídico, el cumplimiento de los fines estatales, el funcionamiento eficiente y democrático de la administración, y la observancia de los deberes del Estado y de los particulares».

    Por tanto, esta decisión obedece a que el Ministerio de Cultura evidenció en una de sus últimas visitas de inspección a las obras, que efectivamente se habían vinculado tres inmuebles colindantes que no estaban contemplados en las dos resoluciones aprobadas. Una expedida (2009) en el gobierno de Judith Pinedo Flórez y la otra por Manolo Duque (2016) que le dieron vida al proyecto de La Serrezuela.

    Vale recordar que en ese período crecieron las obras urbanísticas ilegales con una Curaduría oculta. Más de 70 edificios ilegales fueron documentados por la Procuraduría frente a las denuncias que VoxPopuli Digital hizo en aquella época cuando pusimos al descubierto los edificios ilegales de los Quiroz. Si bien fueron condenados algunos constructores, no se llegó al meollo del problema. Una cosa es lo que aprueban las curadurías y otra cosa es lo que hacen los constructores en terreno. Así lo demostramos con algunos edificios de los Quiroz. No estamos satisfechos por las consecuencias penales, porque los peces gordos siguen construyendo ilegalmente.

    Antecedentes de la sanción

    Haciendo memoria. Le recordamos al alcalde este hecho de la Serrezuela que es tan importante como Aquarela.

    La historia de la sanción indica que el ministerio de Cultura ofició al Alcalde Mayor de Cartagena de Indias en 2017 para que adoptara en el menor tiempos posible la respectiva sanción. Pero a regañadientes el director de Patrimonio de la época, Alfonso Cabrera Cruz, debió adoptar la resolución sancionatoria con una sanción irrelevante. Este procedimiento es de conformidad con lo dispuesto en la Ley General de Cultura.

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    ¿En desacato la Serrezuela? Por medio de la resolución No. IPCC-RES-00038-2022 fue proferida sanción dentro del proceso administrativo sancionatorio de radicado No. 018-2020, confirmada por la Dirección del IPCC en segunda instancia mediante resolución No. IPCC-RES-258 DE 24 de octubre DE 2023 en virtud de que a la fecha no se ha dado íntegro cumplimiento de las órdenes impartidas en el mencionado acto administrativo.

    El proyecto de intervención del bien de interés cultural del ámbito Nacional denominado Plaza de Toros de La Serrezuela y sus predios colindantes, ubicado en Cartagena de Indias, fue  aprobado por el Ministerio de Cultura mediante la Resolución 2208 del 27 de octubre de 2009, modificada por la Resolución 2100 del 2 de agosto de 2016.  

    La Alianza Fiduciaria S.A. es la empresa vocera del patrimonio autónomo denominado ‘fideicomiso de parqueo Jotamara’, propietaria de la Plaza de Toros de La Serrezuela. Esta firma se ve enfrentada en este desafío que debe resolverse a favor de los afectados y de la ciudad histórica. 

    Próxima entrega: ¿Qué va de Aquarela a Serrezuela?

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