La prueba reina de que San Andrés islas pertenecen a Colombia es la  Real Orden de 20 de noviembre de 1803 (III). Aquí el presidente Petro y el Canciller con el presidente de Brasil Lula Da Silva, en el marco de la preparación de la Gran Cumbre para salvar al Amazona. Aparecen las ministras de Medio Ambiente, Susana Muahamad y  la ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez. /Presidencia.
Aquí el presidente Petro y el Canciller con el presidente de Brasil, Lula Da Silva, en el marco de la preparación de la Gran Cumbre para salvar al Amazonas. Aparecen las ministras de Medio Ambiente, Susana Muhamad y la ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez. /Presidencia.

Expertos del Caribe presentaron la Real Orden de 20 de noviembre de 1803, que es la partida de bautismo de San Andrés Islas, como prueba reina en manos de la Cancillería para rechazar las decisiones de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) respecto al conflicto limítrofe con Nicaragua. El 13 de julio se publicará el fallo sobre la queja de Nicaragua sobre un supuesto incumplimiento del fallo de 2012. Al mismo tiempo, los expertos presentaron una petición al tribunal para resolver ―a favor de Colombia― dicho conflicto. Sin embargo, pareciera que la Cancillería colombiana ―a cargo de Álvaro Leyva Durán― sigue padeciendo el síndrome de la rana sorda, como aquella motivadora fábula infantil. ¡No escucha! Por ende, nuestra Cancillería tampoco responde las peticiones respetuosas de los expertos que le advierten de la inminencia de un nuevo desastre si se llegare a ratificar el fallo del 2012.

Mientras el presidente de Colombia, Gustavo Petro, sostuvo un encuentro bilateral con su homólogo de Brasil, Luiz Inácio Lula da Silva, como cierre del encuentro denominado “Camino a la Cumbre Amazónica: reunión técnico-científica” (6, 7 y 8 de julio de 2023) organizado por la Cancillería y el Ministerio de Medio Ambiente, Petro descuida la protección de la soberanía nacional frente a la aspiración de Nicaragua de quedarse con gran parte de nuestra plataforma marítima nacional.

Conducta omisiva para defender a San Andrés islas

La Cancillería colombiana estaría pues incurriendo en una conducta omisiva, poco transparente y antipatriótica, que afectaría la soberanía nacional, al no decidir ponerles contención a los deseos del presidente Daniel Ortega de expandir los límites marítimos de Nicaragua, lo cual afectaría grandemente a la población isleña de San Andrés.

En efecto, la conducta del actual canciller, Leyva Durán, de Colombia es continuar el mismo camino recorrido por los cancilleres que le precedieron en los últimos 30 años. En este período, los analistas se han dividido para recibir los fallos de la Corte. Para el gobierno de Iván Duque fue un triunfo que Colombia no fuera condenada a reparar monetariamente a Nicaragua. En vez de ordenar reparaciones de este tipo, la Corte optó por solicitar que cesaran las violaciones en el diferendo Colombia-Nicaragua.

Por otra parte, hay expertos como el perito internacional cartagenero, Juan Roberto Serrano Ochoa, residente en La Haya, que desde el año pasado le está solicitando al gobierno del presidente Gustavo Petro que rectifique el curso de esas negociaciones.

«La rana sorda» del Canciller

Mientras el Canciller Álvaro Leyva posa con nuestros indígenas del Amazonas, está dejando solos, en cambio, a los nativos del Caribe a merced de la voracidad nicaragüense. /Presidencia.

El mencionado perito Serrano Ochoa, obrando como ciudadano, presentó un escrito ante la misma Corte un día antes de que se vencieran los términos para que el gobierno presentara la oposición al fallo de 2012, que se dio a conocer en el mes de abril de 2022.  Y adjuntó pruebas históricas sobrevinientes para revertir el fallo adverso de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) con sede en La Haya.

De manera que el 27 de noviembre de 2022, VoxPopuli Digital publicó la primera entrega de esta serie sobre dichas pruebas sobrevinientes. Allí, Serrano Ochoa explicó la necesidad de que el equipo de la Cancillería se enterara de la existencia de esas pruebas para que las sopesaran a fin de mejorar la estrategia de defensa de los intereses colombianos. Pero el gobierno nacional hasta ahora no le ha respondido. En la segunda entrega de esta serie de artículos se presentaron esas pruebas históricas, pero la Cancillería siguió sorda. En el mes de junio la revista Semana entrevistó a Serrano quien reiteró lo que ya había planteado en noviembre y diciembre de 2022 en VoxPopuli Digital: solicitó que el gobierno rechazara el fallo de la Corte y tuviera en cuenta las nuevas pruebas que no se consideraron en esa decisión.

Nuevo derecho de petición

El nuevo derecho de petición de Serrano Ochoa, radicado el 4 de julio de 2023, reitera la necesidad de que Colombia presente antes del 13 de julio de 2023 la coadyuvancia a la petición ciudadana que le hizo a la Corte en tiempo legal, es decir, el 18 de noviembre de 2022. Esta solicitud busca la reparación y rectificación del fallo, enviada a la CIJ con copia al Secretario General de las Naciones Unidas. En ella también propone:

«RECHAZAR de una vez por todas el fallo en mención y todo lo dispuesto con relación al mismo, responsabilizando a la CIJ de las consecuencias impredecibles que se puedan presentar al no atender la solicitud de reparación y rectificación al Fallo del 2012, enviada a la CIJ, por el suscrito.»

Si bien Juan Roberto Serrano Ochoa presentó oportunamente una oposición al fallo, esta es una iniciativa ciudadana que necesita la coadyuvancia del Estado colombiano. Por lo tanto, dicha coadyuvancia debe hacerla la Cancillería antes de que se le dé lectura al fallo que está previsto para el 13 de julio de 2023, como ya se dijo.

Puedes leer la primera entrega: Nueva esperanza para Colombia frente a Nicaragua (I)

Puedes leer la segunda entrega: Pruebas históricas sobrevinientes confirman que Corte de La Haya prevaricó (II)

San Andrés y Mosquitos son de Colombia

Para sustentar la prueba histórica sobreviniente, Serrano señala que en el párrafo 65 del fallo de noviembre 19 de 2012, la CIJ desconoció, sin una sustentación previa, la Real Orden de 20 de noviembre de 1803. La Corte señaló:

“… que ni Nicaragua ni Colombia han demostrado que poseían título sobre las formaciones insulares en disputa en virtud del uti possidetis juris,” reconociendo la CIJ que Nicaragua no presenta título sobre las formaciones insulares en disputa y con el “ni Colombia,”

Con esta aseveración ―Según Serrano Ochoa― la CIJ se atreve a desconocer sin una sustentación previa, la Real Orden de 20 de noviembre de 1803. A finales del siglo XVIII, la costa de la Mosquitia o Misquitia, actualmente territorio de Zelaya Alta y Zelaya Baja en Nicaragua, era entonces un espacio habitado por los indios Misquitos y dependía de la Corona Española bajo el gobierno de los Borbón, siendo Rey don Carlos IV, quien expidió el 20 de noviembre de 1803 una Real Orden que tiene el valor de una Cédula Real:

«El Rey ha resuelto que las Yslas de San Andres, y la parte de la costa de Mosquitos desde el cabo de Gracias a Dios inclusive hacia el río Chagres, queden segregadas de la Capitanía General de Guatemala, y dependientes del Virreinato de Santa Fe, y se ha servido S.M. conceder al governador de las expresadas Yslas Don Tomás O´Neille el sueldo de dos mil pesos fuertes anuales en lugar de los dos mil y doscientos que actualmente disfruta. Lo aviso a Vuestra Excelencia de Real Orden a fin de que por el ministerio de su cargo se expidan las que correspondan al cumplimiento de esta soberana resolución. Dios guarde a Vuestra Excelencia muchos años, San Lorenzo 20 de noviembre de 1803″.

En el año 1805 don Carlos IV emitió otra Real Orden confirmando la anterior. Esta es la que podemos llamar “partida de bautismo” de las escrituras de Colombia sobre el archipiélago en disputa. La Real Orden tiene fuerza de ley internacional y como tal tendrá que tenerla en cuenta la Corte de la Haya, en la demanda que Nicaragua ha interpuesto contra Colombia.

Rechazar el fallo

Sin duda, al presidente de Colombia Gustavo Petro Urrego no le queda otra salida que rechazar el fallo, y esta decisión debe tomarla por dos razones: primero, porque es su responsabilidad constitucional y legal por ser el representante legal del Estado colombiano; y segundo, porque es un deber por amor de patria ser diligente para la defensa de nuestros intereses patrióticos.

¿Qué consecuencias tendría si el presidente Petro no actúa para revertir esa decisión que es injusta desde todo punto de vista? Es evidente que puede ser procesado por la Comisión de Acusaciones. Igualmente, el país y, en especial a región Caribe, rechazaría esa conducta negligente.

El mismo presidente Juan Manuel Santos rechazó en su momento el veredicto del alto tribunal de La Haya, porque cometió serios errores en el trazado de la frontera. El fallo del máximo tribunal mundial movió hacia el Este la frontera marítima entre los dos países, y le otorgó a Nicaragua 200 millas náuticas en el mar Caribe que antes estaban bajo la soberanía de Colombia.

¿Qué responderá el presidente Gustavo Petro ante la conducta omisiva de su canciller? ¿Qué dicen los senadores del Pacto Histórico? En la próxima entrega analizaremos la lectura del fallo del 13 de julio.

Lea el derecho de petición enviado al Canciller Leyva Durán

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