¿Por qué se construye un POT nulo?
¿Por qué se construye un POT nulo? Dumek Turbay debe hacer una alta cirugía al equipo POT. (Prensa alcaldía).

La Secretaría de Planeación Distrital y su equipo POT de Cartagena de Indias ―a juzgar por la información recopilada― demuestra una evidente negligencia en la revisión y ajuste del Plan de Ordenamiento Territorial―POT. Ello conduce a conductas graves y reiteradas que demuestran un descuido extremo de los principios legales, técnicos, y de derechos humanos que rigen el desarrollo urbano y territorial de la ciudad. Esta falencia fundamental está pariendo un POT nulo.

A través de las entregas de VoxPopuli Digital sobre el citado tema, se resalta la importancia histórica que significa la revisión y ajuste del POT del 2001, el cual está agotado. Su revisión y actualización es esencial para el presente y futuro de nuestra ciudad, especialmente, su territorio y población

¿Comité de aplauso o análisis objetivo?

Robinson Rada González, miembro del Consejo Consultivo, fue el diseñador del proyecto de Decreto del POT que el distrito engavetó.  POT nulo.
Robinson Rada González, miembro del Consejo Consultivo, fue el diseñador del proyecto de Decreto del POT que el distrito engavetó.

Este análisis se basa, en lo fundamental, en el proyecto de decreto diseñado para corregir las omisiones de la anterior administración y que la actual se comprometió a implementar. El decreto fue preparado y entregado por Robinson Rada González, miembro del Consejo Consultivo del POT. Un proyecto que la Secretaría de Planeación Distrital engavetó sin ninguna explicación y justificación.

No sobra decir que las criticas objetivas, constructivas y directas, algunos personajes cercanos al gobierno la califican como oposición a la administración de Dumek Turbay Paz. Tal cuestionamiento desconoce que el verdadero amigo del gobernante es aquel que le hace ver sus errores oportunamente.

«El que gobierna debe oír, aunque sean las más duras verdades y, después de oídas, debe aprovecharse de ellas para corregir los males que producen los errores».

Simón Bolívar-

Cartagena ―La Heroica― debe aprender de su convulsionada historia política―administrativa que ha llevado a su territorio y población a un estancamiento o atraso respecto a ciudades de Colombia o incluso, Panamá.

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¿Omisión que hace un POT nulo?

La administración de William Dau fracasó con tener un POT. Dumek Turbay perdió el primer año. ¿Perderá los 3 años restantes con un POT nulo?

Hay evidencias de que existe una negligencia administrativa en la revisión del reordenamiento territorial que puede dar lugar a responsabilidades civiles, penales, disciplinarias o administrativas. Y lo más grave: Se construye un POT nulo.

1. Falta de cumplimiento de las etapas técnicas previas ― En el caso del POT de Cartagena, se destaca que no se han realizado etapas fundamentales. Por ejemplo, la consolidación del Expediente Territorial y del documento de Seguimiento y Evaluación. Estas etapas son imprescindibles para garantizar una base técnica y jurídica sólida para el proceso de ajuste.

No realizar estos pasos equivale a ignorar deliberadamente los lineamientos normativos que establecen la necesidad de contar con diagnósticos previos y bases técnicas que respalden cualquier modificación al POT. En términos jurídicos ―dicen los expertos, entre los cuales está Robinson Rada González― equivale a la violación del debido proceso administrativo (art. 29 y 209 CP) establecido en las leyes 388/97, Decreto Ley 1077/15 y 1232/20.

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Sin participación efectiva

2. Deficiencia extrema de la participación pública ciudadana ― La participación ciudadana es un componente esencial del proceso de revisión del POT. Así lo exige la normativa colombiana. Sin embargo, este es un proceso autista e introvertido. La omisión de espacios de consulta real y efectiva con las comunidades afectadas es un acto que desconoce los derechos colectivos de la población y la transparencia en la toma de decisiones.

Desatender esta obligación evidencia un grado extremo de descuido. La no inclusión de las voces ciudadanas y los derechos fundamentales, en especial de las comunidades más vulnerables, hace vulnerable el proceso convirtiéndolo en un POT nulo.

En apoyo a esta obligación, el artículo 4º de la ley 388/97 se refiere a la PARTICIPACION DEMOCRATICA:

«En ejercicio de las diferentes actividades que conforman la acción urbanística, las administraciones municipales, distritales y metropolitanas deberán fomentar la concertación entre los intereses sociales, económicos y urbanísticos, mediante la participación de los pobladores y sus organizaciones».

En otras palabras, las políticas urbanísticas deben ser efectivas para las necesidades y aspiraciones de los diferentes sectores de la sociedad y no de un sector en particular.

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Desconocimiento ambiental

3. Desconoce la normativa ambiental y urbana. – Existen elementos críticos de la Estructura Ecológica Principal (EEP) de Cartagena. Citemos, casos como el Cerro de la Popa, el Cerro de Albornoz, la Ciénaga de la Virgen, la Ciénaga de las Quintas y sus Macroproyectos.

Ellos están asociados a su reivindicación, como son los Planes Parciales y los estudios de riesgos de detalle para las zonas en riesgo de remoción en masa, inundaciones y diapirismo. Estos están siendo ignorados en el proceso de ajuste del POT, según los principios de ordenamiento territorial sostenible.

No proteger estas áreas, que son esenciales para la sostenibilidad ambiental, pone en riesgo los derechos colectivos al ambiente sano y la vida digna.

Déficit en talento

4. Personal no idóneo. – De acuerdo con la opinión de conocedores de este tema técnico, el liderazgo del POT tiene dos fallas protuberantes. Una. Está en manos de profesionales que no tienen la experiencia, capacidades y formación integral adecuada en derecho urbanístico, urbanismo, desarrollo territorial y medio ambiente. Esta situación compromete la calidad técnica y estratégica del proceso.

Desde el punto de vista de la independencia profesional y de la ética, dicho liderazgo presenta un gran déficit para tomar decisiones objetivas e imparciales. Al mandatario y a la sociedad se le debe entregar una información transparente, objetiva e imparcial sin temor alguno.

Por tanto, designar a personas no capacitadas y no comprometidas con los intereses colectivos e interés general, refleja una falta total de cuidado para garantizar una ciudad de derechos, tal como lo señala la propuesta de gobierno del alcalde Dumek Turbay. Entonces, para que el proceso de revisión no termine con un un POT nulo, éste debe ser liderado por expertos independientes que puedan atender los desafíos y cumplir con las obligaciones legales.

Decisiones correctivas

En este escenario excepcional, en que el protagonista es el Plan de Ordenamiento Territorial (POT), cuya revisión y ajuste es un laberinto de errores, omisiones y silencios que nos alejan cada vez más de la Superciudad prometida, es imperativo adoptar decisiones correctivas.

En ese sentido, el ordenamiento del territorio se fundamente en la función social y ecológica de la propiedad, la prevalencia del interés general sobre el particular y la distribución equitativa de las cargas y los beneficios.

Tomando en cuenta el artículo 2º de la ley 388/97, para que el ordenamiento del territorio cumpla con su función pública, debe tener los siguientes fines:

1. Posibilitar a los habitantes el acceso a las vías públicas, infraestructuras de transporte y demás espacios públicos. La destinación del territorio es al uso común. Esto es, hacer efectivos los derechos constitucionales de la vivienda y los servicios públicos domiciliarios.

2. Atender los procesos de cambio en el uso del suelo y adecuarlo en aras del interés común. Procurar que su utilización sea racional en armonía con la función social y ecológica de la propiedad, buscando el desarrollo sostenible.

3. Propender por el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes, la distribución equitativa de las oportunidades y los beneficios del desarrollo y la preservación del patrimonio cultural y natural.

4. Mejorar la seguridad de los asentamientos humanos ante los riesgos naturales, según el artículo 3º Ley 388/97.

Como vemos, el POT, en teoría, debería ser la brújula que guía el desarrollo urbano sostenible de Cartagena. Sin embargo, lo que encontramos es un proceso carente de rigor jurídico y técnico, plagado de vicios heredados de la administración anterior.

Sin embargo, y a pesar de las promesas de cambio, la administración de Dumek Turbay Paz enfrenta desafíos similares a los de sus predecesores, dejando pendiente ―hasta ahora― la implementación de soluciones basadas en un diagnóstico claro y contundente sobre los errores estructurales del POT.

Negocio Social para Todos

El Plan de Ordenamiento Territorial no debe ser concebido exclusivamente como un documento técnico ni como una herramienta para privilegiar intereses económicos específicos. Tampoco la convocatorias de eventos con poca participación como los “Encuentros por el bien común” (dale clic)de la administración pasada. En su esencia, el POT es un negocio social, un sistema que debe generar rentabilidad social, ambiental, económica e institucional para todos los actores del territorio.

La dimensión económica del territorio, representada principalmente por los grupos económicos y las élites empresariales, desempeña un papel crucial. Estas élites aportan el músculo financiero que impulsa grandes proyectos de infraestructura, crea empleo y dinamiza la economía local. Sin su participación, el desarrollo territorial carecería del capital necesario para ejecutar los planos y proyectos que transforman a la ciudad.

¿Un POT nulo o inclusivo?

Sin embargo, el desarrollo territorial no puede depender únicamente de las élites económicas. Si bien son actores fundamentales, el POT debe garantizar un equilibrio en el que los beneficios del desarrollo se distribuyan de manera equitativa, evitando la concentración de las oportunidades en un solo sector.

La participación de las élites económicas debe estar orientada no solo al crecimiento económico, sino también al fortalecimiento de la cohesión social y la sostenibilidad ambiental.

Por otro lado, están los actores populares y comunitarios, aquellos que, aunque carecen del poder financiero de las élites, representan la fuerza laboral, el tejido social y la diversidad cultural de Cartagena.

Son los habitantes de las periferias, los pequeños comerciantes, los líderes comunitarios, los grupos étnicos y las organizaciones sociales que viven y transforman el territorio día a día. Su participación en el POT es igualmente vital, ya que son ellos quienes sufren directamente las consecuencias de las decisiones urbanísticas mal planteadas.

Próxima entrega: ¿Cuál es la clave para el Éxito del POT?

ESTE ESL DECRETO ENGAVETADO

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