y el perro se mamó a Dau
y el perro se mamó a Dau

… «y el perro se mamó a Dau». Es la expresión cartagenera que hoy circula en cualquier barrio de la ciudad. ¿Duque suspenderá al alcalde Dau por caso de corrupción? Sin duda, como nominador del cargo, el presidente de la República no tiene alternativa. La orden se debe cumplir en forma inmediata. A lo sumo, en una semana debe resolver esa exigencia de suspensión provisional del alcalde de Cartagena William Dau Chamat

Esta solicitud de la Contraloría Distrital, de todas maneras, causó gran sorpresa entre la opinión pública y en los medios políticos de la ciudad. Es una facultad constitucional otorgada al contralor distrital que jamás se había utilizado contra alcalde alguno. Por  esta razón, es de suma importancia ser riguroso elegir la persona que va a custodiar el presupuesto del distrito.

«Por tanto, se encuentra autorizado constitucionalmente cada contralor departamental, distrital o municipal, en el ámbito de su respectivo departamento, distrito o municipio, para exigir, verdad sabida y buena fe guardada, la suspensión inmediata de funcionarios mientras culminan las investigaciones o los respectivos procesos penales o disciplinarios».

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Dau, «estás mamao»

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Verdad sabida

Pero, en realidad, lo sorprendente es que NINGUNO de los entes de control se había atrevido usar esa facultad constitucional que le confiere el numeral 8 del artículo 268 de la Constitución Nacional. 

«La Contraloría, bajo su responsabilidad, podrá exigir, verdad sabida y buena fe guardada, la suspensión inmediata de funcionarios mientras culminan las investigaciones o los respectivos procesos penales o disciplinarios».

Numeral 8 art 268 C.N.

La Contraloría Distrital emitió la resolución No. 164 del 23 de mayo de 2022, por medio de la cual solicita la suspensión inmediata de William Dau Chamat. Se basa en la facultad que la Constitución y la ley 136 de 1996 le da a los organismos de control de Colombia. 

Vea el análisis sobre la bellaquería del alcalde

Este análisis se hizo un día después de la amenaza del alcalde William Dau Chamat contra el contralor, la presidenta del concejo y el periodista Lucio Torres. «Y el perro se mamó a Dau».

… «y el perro se mamó a Dau»

La resolución No. 164 del 23 de mayo de 2022, en realidad se le dio la última estocada en la mañana del 26 de mayo. El día anterior estaba lista la resolución mediante la cual se pedía la suspensión de la directora del DADIS, Johana Bueno, quien había participado en el proceso del contrato No. S.A-SUB-DADIS-UAC-047-2021. O sea, de las pruebas rápidas para detectar el COVID—19. En este contrato hay un presunto detrimento patrimonial de $1.098 millones

En la tarde del 25 de mayo, luego de la accidentada microrueda de prensa del alcalde William Dau Chamat, quien pisoteó la dignidad humana del contralor Distrital, Rafael Castillo Fortich, donde lo trató de perro, pudo llevarlo a tomar la decisión de ordenar su suspensión. Cuando el periodista de VoxPopuli Digital le hizo una contrapregunta en el sentido de que si esa declaración era una amenaza directa que determinaba otros delitos, lo trató de malandrín. No conforme con esto, dio la orden de que lo sacaran del recinto donde estaba el comandante de la policía Metropolitana de Cartagena, B.G. Nicolás Alejandro Zapata. 

Ese hecho, pudo llevar al contralor apelar al principio de verdad sabida y buena fe guardada. Por esta razón, tomaría la decisión de exigir la suspensión del alcalde Dau. La conducta del burgomaestre, además de reprochable, estaría interfiriendo para que se realice en forma transparente una investigación sobre esa protuberante irregularidad contractual.

¿Para cuándo la suspensión?

¿Cuándo decidirá el presidente Duque, quien ya tiene el sol a la espalda? La solicitud es de cumplimiento inmediato. No es una solicitud. Es una exigencia, tal como lo señala la Constitución y la ley. Es más, la jurisprudencia constitucional así lo demanda;

«Cuando el Contralor se dirige al nominador en demanda de la suspensión, no le deja alternativa distinta de proceder a ella. Se trata de un requerimiento con efectos vinculantes para el nominador, (…) la Carta Política emplea el término “exigir”, lo que definitivamente es distinto de “solicitar” o “pedir”, expresiones que, al fin y al cabo, dejarían la decisión en manos del funcionario administrativo correspondiente».

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Por ende, tal como lo señala la misma Corte Constitucional en la sentencia de unificación citada, es una exigencia que tiene connotación imperativa. Esto hace forzosa la ejecución de lo exigido, esto es, la suspensión del alcalde William Dau Chamat.

Ahora bien, la suspensión —que debe concretarse en esta semana que comienza— no puede considerarse a título de sanción sino como instrumento transitorio encaminado a la efectividad del control fiscal, disciplinario o penal. 

La resolución fue radicada

De acuerdo a una fuente consultada en la Contraloría, la resolución fue radicada el viernes 27 de mayo ante el ministerio del Interior que es la entidad para atender estos temas con los representantes de los diferentes entes territoriales. 

La última modificación que se le hizo al documento, antes de ser firmado por el titular de la contraloría Rafael Castillo Fortich, fue en la mañana del 26 de mayo. A las 9 de la mañana fue impreso y de inmediato pasó al despacho del contralor, una vez que lo revisó el jefe de la oficina Jurídica de la Contraloría.

La aclaración de Ganem Issa

El diario El Universal —abiertamente protector del alcalde William Dau— con el fin de restarle fuerza a la decisión de la Contraloría Distrital, publicó una nota acompañada de una declaración en video donde señala que el abogado de origen sirio—libanés, Álvaro Ganem Issa, no había presentado ninguna queja. 

La resolución de la contraloría señala que la investigación se inició con una queja presentada por el ciudadano Ganem Issa en la página Web de esa entidad. Sea quien haya presentado el hecho, para este caso es irrelevante, la denuncia tenía mucho asidero. 

De inmediato, se ordenó la investigación. El 15 de diciembre de 2021 se nombraron tres investigadores de la Contraloría que hicieron las auditorías respectivas. Estos son: Germán Alonso Hernández Osorio, Fernando Batista Castillo y Fernando Useche Valle.  

En este proceso se encontraron con varios hallazgos que tienen consecuencias fiscales, penales y disciplinarias. Detrimento patrimonial, contrato sin el lleno de requisitos legales, falta de planeación, entre otros.

«y el perro se mamó a Dau». Definitivamente el presidente Iván Duque Márquez  debe esta semana suspender al alcalde y, al mismo tiempo, nombrar a un encargado. Se espera que los diferentes organismos de control desaten los nudos en que se han convertido las decenas de investigaciones fiscales, disciplinarias y penales. Muestren resultados.

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